Etapas del Derecho Penal
A lo largo de nuestra historia, hemos teneido la necesidad de que haya algún "poder" superior que pueda castigar aquellos crimenes o disturbios que se puedan presentar en la vida de la socidad, asi fue como se creo esta rama de Derecho, conocida como Derecho Penal. Es el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida asegurador.
El Derecho penal ha pasado por muchas etapas desde se creación.

Los excesos de los vengadores (es decir, la causa de males mayores de los que habían recibido) recibió regulaciones como la de la ley del talión, lo que supone la existencia de un poder moderador.

La etapa de la venganza divina: surge paralelamente al desarrollo de la teocracia, que a su vez era uno de los pilares del Estado. Se considera a ciertas conductas (delitos) como causantes de la ira de los dioses, por lo que los tribunales juzgan en nombre de la divinidad ofendida.

El periodo humanitario: a la excesiva crueldad siguió un movimiento humanizador de las penas y, en general, de los sistemas penales, el cual fue influenciado por los pensadores del iluminismo como Beccaria, Montesquieu, Rousseau, Voltaire, et al. Su espíritu es más filantrópico que científico.
Esta etapa se caracteriza por reconocer la utilidad social de la pena, el grado de peligrosidad del delincuente, la determinación legal de los delitos y la proscripción de la interpretación de la ley por el peligro de que ésta pudiera servir de pretexto para alterarla.
Beccaria enfatiza, por ejemplo, la separación de la justicia social y la divina, la exclusividad de la ley para establecer penas tras el estudio de un juez, la prontitud, necesidad y proporción con el delito en la aplicación de penas, la importancia de que los jueces carezcan de la facultad de interpretar la ley, la no reincidencia, la ejemplaridad, y la proscripción de penas ajenas al contrato social (como la de muerte, ya que un hombre no puede ceder el derecho a ser privado de la vida)
.
La etapa científica: puede considerarse iniciada desde que empieza a sistematizarse el estudio del derecho penal. Inicia con la obra de Beccaria y culmina con la de Francisco Carrara, exponente de la escuela clásica. Se caracteriza por la búsqueda de soluciones sistemáticas para resolver los problemas planteados por el derecho penal.

Castellanos Tena aclara que ninguno de los periodos mencionados tiene límites precisos y que con frecuencia se encuentran entremezclados, al punto que son todavía reconocibles en la legislación actual.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario